Nuevo plan de circulación de Madrid
El nuevo plan de circulación de Madrid, vigente desde el 23 de noviembre de 2018, otorga más peso a la ‘movilidad sostenible’. Esto es, la circulación en transporte público, a pie y en bicicleta o patinete.
Partiendo de este mismo principio, la velocidad máxima en el 80% de las calles de la ciudad queda establecida en 30 kilómetros por hora o menos. Disminuir el número de accidentes mortales es una de las prioridades.
El nuevo plan de circulación de Madrid
Sin duda, lo más comentado de la nueva norma son las restricciones para la circulación en el distrito centro de la ciudad. Según los promotores de esta iniciativa, el objetivo de esta medida particular es reducir los niveles de contaminación, tanto atmosférica como sonoros.
Prioridad para los peatones
Solo a través de la M-30 y M-40, así como en las vías de alta capacidad que dan acceso a la capital, está permitida la circulación a más de 30 kilómetros por hora.
Así mismo, las zonas en que las vías presentan una plataforma única (aceras al mismo nivel de la calzada), el límite de velocidad es de 20 Km/h. En estos espacios, los peatones tendrán prioridad sobre los vehículos.
En las zonas 30, señalizadas como tales, los viandantes podrán cruzar libremente las calles en cualquier parte. Siempre y cuando se cercioren previamente, de que no corren riesgos ni entorpecen el tráfico.
Las motocicletas ya no podrán aparcarse sobre cualquier acera. Solo en aquellas que dispongan de más de tres metros de ancho; alejados al menos cinco metros de los pasos peatonales. Esto con el propósito de garantizar la movilidad de los caminantes, sin que estos tengan que esquivar obstáculos.
Nuevas consideraciones para los ciclistas
Dentro del nuevo plan de circulación de Madrid, quienes utilicen bicicletas como medio de transporte tendrán algunas ventajas. Una de ellas: cruzar a la derecha en semáforos en rojo. También podrán circular en las calles residenciales en el sentido contrario de la vía, siempre que no exista una señalización clara que lo prohíba.
Pero la novedad más llamativa sobre esta reglamentación, es que ahora se podrá aparcar y atar las bicicletas en cualquier mobiliario público. En la normativa anterior, esta era una acción que estaba expresamente prohibida.
Patines y patinetes
Quienes utilicen patines o patinetes como medio de transporte, podrán moverse por las aceras y otras vías exclusivas para peatones, pero con algunas consideraciones. No podrán desplazarse a más de 5 km/h. Además, en ningún momento tendrán paso preferencial por sobre quienes marchen a pie.
También podrán hacer uso del carril bici. De igual forma, en los parques públicos gozarán de los mismos privilegios que los ciclistas, con circulación sin restricciones por las vías reservadas para la movilidad en bicicleta. Los desplazamientos usando estos equipos por jardines y áreas verdes están terminantemente prohibidos.
Quienes no podrán hacer uso de las vías destinadas para los peatones son aquellos que se desplacen en patines a motor. Lo mismo que otros vehículos de movilidad personal motorizados.
Según el nuevo plan de circulación de Madrid, deberán hacer uso de las ciclo calles y carriles bici protegidos. También de las vías residenciales con velocidad limitada hasta 20 Km/h.
Adiós al libre tránsito por el centro de la ciudad
De todos los cambios contenidos en la nueva normativa, ninguno ha generado tantas inquietudes como las restricciones a la circulación en el distrito centro. Tendrán entrada libre los vehículos de los residentes; aunque solo podrán aparcar sobre la vía pública en el barrio donde tengan su residencia.
Hay excepciones que darán derecho a circular por el área. Como por ejemplo, para los coches que porten etiqueta ambiental CERO y ECO. Así mismo, los vehículos antiguos, que no califiquen dentro de ninguna de las categorías normadas con estos adhesivos, tienen la entrada totalmente vedada.
Ambulancias, autotaxis y unidades de transporte público también cuentan con autorización. Así como bicicletas y motocicletas. Estas últimas solo en el horario comprendido entre las 7:00 de la mañana y las 22.00 horas. Para circular durante la noche, se deberá tramitar un permiso ante el ayuntamiento.
A partir de febrero de 2019, quienes accedan con sus coches a Madrid Centro sin estar autorizado para ello, serán merecedores de una multa por 90 €. Las autoridades esperan que la mayoría de la población opte por trasladarse en transporte público, taxis, bicicleta o caminando.