Límites de velocidad según la vía
La regulación de los límites de velocidad es fundamental en todos los países. Permite que los conductores mejoren su tiempo de respuesta al volante, hace que viajen más seguros y sin estrés. Es vital en países como España, para evitar accidentes automovilísticos, ya que son una de las primeras cusas de mortalidad del país.
No ha sido fácil para los conductores españoles aprenderse los nuevos límites de velocidad. Entre otras cosas, porque se han ido modificando las leyes del tráfico varias veces en los últimos años.
A pesar de todos los cambios, el gobierno español mantiene bien señaladas las vías. Los límites de velocidad están marcados, normalmente, en las señales verticales que se encuentran en los laterales de las vías. Así como en paneles iluminados o dibujados en el asfalto de las vías.
Límites de velocidad en autopistas y autovías
Las autopistas son las vías más rápidas de transporte vial. Es por ello, que el límite permitido por las leyes es el más elevado en velocidad. Los vehículos regulares y las motocicletas pueden circular hasta los 120 km/h.
La nueva normativa que se está perfilando, admitirá el límite de 130 kilómetros por hora en algunos tramos de autovías y autopistas, en los que se señalice de forma especial.
Este límite máximo de 130 km/hora operará cuando se indique en los paneles con mensaje variable. Se dice que será siempre de manera temporal, y según variables de condiciones meteorológicas óptimas, índices contrastados de seguridad y excelentes condiciones en la pavimentación.
Carreteras convencionales
- En estas vías, los límites de velocidad para coches, motos y cuadriciclos bajan de 100 a 90 km/h cuando circulen por una vía con un ancho de al menos 6,5 metros. Este baremo viene a sustituir al factor que se consideraba hasta ahora, los 1,5 metros de anchura del arcén.
- Se establece un límite de velocidad baja de 90 a 70 km/h si la calzada es menor de 6,5 metros y con marcas de separación entre ambos sentidos.
- Para los camiones que circulen por carreteras con dos sentidos, pueden llegar hasta los 80 km/h. En el otro caso, pueden alcanzar una velocidad máxima de 70 km/h.
- Se aplican las mismas leyes para los vehículos con remolques, en estas vías. Pueden conducir hasta 80 y 70 km/h, respectivamente.
- Los ciclistas, tienen permitido la circulación hasta los 45 km/h.
Límites de velocidad en vías urbanas y ciudades
Las vías urbanas son las más transitadas, no solo de España, sino en cualquier país del mundo. También, se sabe que son muchos los peatones que circulan a diario por las calles. Es por ello, que los límites de velocidad en estas vías son los más restringidos y con las velocidades más lentas.
Como ley general, el gobierno español impuso que todos los vehículos automotrices deben circular en las vías urbanas hasta los 50 km/h, como máximo. Es decir, desde los vehículos regulares hasta los camiones y autos con remolques, tienen las mismas limitaciones dentro de la ciudad.
Aunque hay posibilidades de que el límite en las urbes sea menor. Por ejemplo, si son vías con un solo sentido por lado, la velocidad máxima será 30 km/h. Si es una vía construida en materiales antiguos o una plataforma única de calzada y acera, el máximo será 20 km/m.
Multas y sanciones
Saltarse el límite de velocidad es, sin duda, un delito, ya que se está quebrantando una ley. Por tal motivo hay sanciones. Estas pueden ser monetarias, o si el delito es muy grave o muy repetido, puede pagarse con meses de prisión.
La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, establece la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad. Se hace énfasis especial en la velocidad de adelantamiento y distancias entre vehículos.
Las multas económicas pueden varían según el caso y pueden implicar una reducción de los puntos del carnet en la licencia. Las multas van desde los 100€ hasta los 600€ si son muy grave. En el primer caso, no perdería puntos del carnet, pero en el último perdería hasta 6 puntos. Sabemos que, si se pasa el límite en un 7% de lo marcado, ya comienza a ser una falta grave.
Sanciones por algunas acciones en el interior del vehículo
- No se puede conducir con el torso desnudo o descalzos, y tampoco con tacones altos o chancletas. Se entiende que no es posible el control del vehículo de esta forma. La sanción puede llegara a los 80 euros. Como el resto de sanciones, la cantidad puede reducirse a la mitad (40 euros), cuando se produzca el pronto pago y no conlleve la pérdida de puntos.
- No está permitido conducir con el brazo o codo por fuera de la ventanilla. También se prevé una sanción de 80 euros.
- No puede programarse el GPS o manipularse mientras se conduce. Puede ser una falta grave y llegar a los 200 euros de sanción.
- No está permitido comer al volante, por la restricción de movimientos que ello provoca. Está prevista una multa de hasta 100 euros.
- Tirar colillas o cigarrillos por la ventanilla del coche puede producir un incendio, accidentes de circulación y otros riesgos. Se prevé un sanción de hasta 200 euros y 4 puntos de pérdida en el carnet de conducir.